Formación Programada por las Empresas y Permiso Individual de Formación (PIF)


Formación Programada por las Empresas y Permiso Individual de Formación (PIF)

Existen dos iniciativas de Formación Profesional para el Empleo, por las que las empresas pueden promover la formación de sus trabajadores bonificando sus costes a través de las cuotas que se pagan en las cotizaciones a la Seguridad Social:

Formación Programada por las Empresas

La iniciativa de Formación Programada por las Empresas permite que las empresas proporcionen a sus trabajadores acciones formativas, relacionadas con la actividad de la empresa o puesto de trabajo, para que éstos actualicen o mejoren sus competencias. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), es el organismo a través del cual se gestiona la Formación Programa por las Empresas.

La formación que se imparte a través de la formación programada por las empresas es bonificable en las cuotas de la Seguridad Social, por lo que las empresas con asalariados que coticen a formación, disponen de un crédito anual para la formación de sus trabajadores que pueden hacer efectivo bonificando sus costes a través de las cotizaciones a la Seguridad Social, cumpliendo con los requisitos establecidos de la formación en la normativa vigente. (Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral).

  • Una vez realizada la formación, los gastos serán deducidos de las cotizaciones a la Seguridad Social de la empresa. La FUNDAE pone a disposición la información necesaria para conocer el proceso de bonificación de la formación en las empresas.
  • Este crédito se renueva todos los años en función de la plantilla y de la base de cotización de la empresa durante el año anterior.
  • Las empresas pueden gestionar ellas mismas, agrupándose con otras empresas, o delegando todos los trámites en una entidad organizadora inscrita y/o acreditada en la Comunidad de Castilla La Mancha.

Más información sobre Formación Programada por las Empresas:

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) pone a disposición la información necesaria, a través del siguiente enlace:

Permiso Individual de Formación (PIF)

Además, las empresas que permitan a sus trabajadores formarse para obtener una acreditación o título oficial en horario laboral, también pueden bonificar sus costes a través de las cotizaciones a la Seguridad Social por el tiempo que se ausente, mediante un Permiso Individual de Formación (PIF):

“El PIF es aquel permiso autorizado por la empresa a un trabajador, para la realización de un curso, dirigido a la obtención de una acreditación oficial, incluidos los títulos y certificados de profesionalidad, así como los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias y cualificaciones profesionales.” (Art. 21 OM 2307/2007)

La formación debe estar reconocida mediante:

  • Acreditación oficial: expedida por la Administración competente y publicada en el BOE.
  • Titulación oficial: expedida por las Administraciones educativas, con validez en todo el territorio estatal y publicado en el BOE.
  • Títulos de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad.
  • Acreditación de competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio.
  • Su objeto debe ser tanto el desarrollo técnico-profesional como la formación personal del trabajador.
  • No debe estar incluida en los cursos desarrollados por la empresa.
  • La acción formativa deberá realizarse íntegramente en modalidad presencial o, de no ser así, contar con clases, prácticas o tutorías presenciales obligatorias.
  • No podrán ser objeto de bonificación los permisos para concurrir a exámenes a los que los trabajadores puedan tener derecho.

Más información sobre los PIF:

La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) pone a disposición la información necesaria, a través del siguiente enlace:

FEDA
FECIR
CEOE Cuenca
CEOE Guadalajara
FEDETO